Un Juzgado de Familia de Léon otorga al padre la facultad de escolarizar a su hijo ante la negativa de la madre por la posibilidad de contagio por COVID-19

El padre podrá de escolarizar a su hijo y este deberá acudir presencialmente al centro.

El Juzgado de Primera Instancia número 10 (Familia) de León ha dado la razón a un padre que quería escolarizar a su hijo frente a la decisión de la madre quien no quería llevarle al colegio por temor a que se contagiase de Covid-19.

El Juzgado entiende, en sintonía con el Ministerio Fiscal que actúa en interés del menor, que “la facultad de decisión ha de atribuirse al padre, el derecho a la educación es del menor no del padre ni de la madre, y un niño a esa edad más que aprender va al colegio a socializarse y eso no puede hacerse con la madre y los abuelos maternos, los cuales atendiendo a las circunstancias expuestas no están exentos del riesgo de contagio de la enfermedad”.

El auto en el que dan la razón al padre tiene en cuenta que se trata de un niño de 5 años, sociable y sin problemas médicos que este verano ha estado en contacto con sus primos y se ha relacionado con familiares de Madrid y Barcelona participando en cumpleaños y reuniones familiares. Además el padre es profesor en el centro donde va a acudir el niño siendo la madre también profesora aunque en otro centro. El Juzgado además considera que «las autoridades ha establecido unos protocolos que en este caso se cumplen.»

Fuente: Consejo General del Poder Judicial

Imagen de Gerd Altmann en Pixabay 

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